¿Ya afilio su empresa a INFONACOT?

Como recordara, con las reformas a la Ley Federal del Trabajo en 2012, una de las nuevas obligaciones estipuladas es que los patrones deberán afiliar sus centros de trabajo al INFONACOT, de acuerdo con el Artículo 132 fracción XXVI Bis.

Hasta noviembre de 2012, la afiliación era voluntaria, por lo que si un trabajador deseaba acceder a un crédito "FONACOT", se requería que su centro de labores previamente estuviera inscrito al mismo, situación que ya no es así.

Mediante disposición transitoria, se estableció en el artículo segundo que esta nueva obligación deberá cumplirse a mas tardar el próximo 1ro. de Diciembre, por lo que si aun no ha efectuado su tramite, le recomendamos visitar el portal del INFONACOT, donde encontrara la información al respecto, así como también los accesos para poder cumplir con esta nueva disposición.

La falta de afiliación de los centros de trabajo constituye una infracción sancionable con multa equivalente a 50 a 5,000 veces el salario mínimo general, esto es, de $3,238.00 a $323,800.00, por cada trabajador afectado.

Para mas información, visite el sitio web de INFONACOT: Click aquí

Comentarios

  1. esta disposicion de ley de afiliarte al fonacot aplica para todo tipo de contribuyente.. MY duda especifica es soy en este momento pequeño contribuyente.. me aplica??

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    1. Esta disposición no hace distinción entre el tipo de contribuyente que sea, esta dirigida en lo particular a cualquier nivel de patrón ya que obliga a la inscripción de los centros de trabajo. A continuación la transcripción de la fracción reformada:

      "XXVI Bis. Afiliar el centro de trabajo al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores, a efecto de que los trabajadores puedan ser sujetos del crédito que proporciona dicha entidad".

      Gracias por su contacto.

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