Derivado de las reformas al Código Fiscal
de la Federación para el próximo año, a partir del 1ro. de enero de 2014 será obligatorio el uso de la
Factura Electrónica para todos los contribuyentes, sin importar el monto de sus
ingresos o tipo de actividad.
En la disposición reformada, se derogaron
los artículos 29-B, 29-C y 29-D que entre otras
cosas, permitían la utilización de comprobantes bajo
otras características, como era el caso de los comprobantes
con Código de Barra Bidimensional.
El día de hoy aparece publicado en el Diario
Oficial de la Federación, el decreto por el que se reforman, adicionan y
derogan diversas disposiciones del Código Fiscal de la Federación, en el cual
se confirma estas modificaciones.
En los últimos días el SAT ha estado en campaña
informativa a través de medios
y correos electrónicos, alentando a los contribuyentes a migrar
a esta modalidad de facturación.
Para efectos de estar en posibilidad de acceder a
esta nueva modalidad, es indispensable contar con la Firma Electrónica Avanzada vigente, así como
contar con un proveedor de Factura Electrónica. En la actualidad
existen numerosas opciones de proveedores las cuales se pueden adaptar a
la realidad particular de su negocio, de igual forma existe
la opción gratuita que proporciona el propio SAT.
Faltan por definirse algunas reglas, por lo
que esperaremos que en los próximos días se aclaren
dudas como: ¿Qué pasara con los comprobantes de otros esquemas que aún están vigentes?
o ¿Qué pasa con los contribuyentes de ingresos menores a $250,000 pesos?,
mientras tanto, es importante tomar las medidas oportunas.
Si desea mayor información, no dude en
contactarnos.
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