La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de
Administración Tributaria (SAT), recuerda que a partir de 2014 los recibos de
nómina que entregan los patrones a sus trabajadores deberán emitirse a través
de factura electrónica.
Hasta 2013 para efectos fiscales solo era
obligatorio llevar una contabilidad y dentro de ella una nómina, pero a partir
del 1o. de Enero de 2014 será forzoso emitir los denominados Comprobantes
Fiscales Digitales por Internet (CFDI) para elaborar los recibos de nómina como
documentos electrónicos.
Esto deriva de las modificaciones al Código Fiscal
de la Federación que dan luz verde a la emisión de los CFDI.
En el portal de internet del SAT están publicados
los requisitos para los recibos de nómina vigentes a partir de 2014, con el
objeto de que los patrones cuenten con información necesaria y oportuna. Lo
único que tendrán que hacer es adaptar estos requisitos a los sistemas que ya
tienen existentes en sus empresas. También en el mismo portal se cuenta con una
guía y un catálogo para elaborar los recibos de nómina, donde los patrones
pueden conocer a detalle los requisitos técnicos y datos que deberán incorporar
en éstos recibos que emitan a partir de 2014 como Factura Electrónica.
Aspectos a considerar:
1. Datos del Emisor.
Información del contribuyente emisor del recibo de
nómina como CFDI (Patrón).
2. Datos del Receptor.
Información del contribuyente receptor del recibo
de nómina como CFDI (trabajador)
3. Datos del Recibo.
- Fecha emisión: Fecha de elaboración del recibo.
- Subtotal: Sumatoria de los importes de los conceptos.
- Descuento: Será el Total de las deducciones (suma del total gravado y total exento, sin considerar el ISR retenido.)
- Motivo de descuento: Utilizar “Deducciones nómina”
- Total: Pago realizado al trabajador. Será igual al Subtotal menos los Descuentos, menos las Retenciones efectuadas.
- Tipo de comprobante: Egreso
- Lugar de expedición: Señalar el lugar de la plaza en donde labore el empleado
4. Conceptos.
- Cantidad: Aplica el valor “1”
- Unidad: Se utilizará la expresión “Servicio”
- Descripción: Se podrán incluir las siguientes denominaciones: Pago de nómina, Aguinaldo, Prima vacacional, fondo de ahorro, liquidación, finiquito, etc.
- Valor unitario: Total de percepciones del trabajador (es la sumatoria del total de percepciones gravadas y exentas).
5. Impuestos.
- Total de impuestos retenidos: El ISR retenido (se obtiene del nodo de deducciones del complemento nómina).
6. Retenciones.
- Impuesto: Tipo de impuesto que fue retenido (ISR).
- Importe: Monto del impuesto retenido. Se obtiene del nodo de deducciones del complemento nómina.
Si desea más información, lo invitamos a consultar el sitio del SAT: Click aquí
Comunicado del SAT con relación a este tema: Click aquí
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