La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el pasado 10 de septiembre a través del Diario Oficial de la Federación, el decreto por
el que se otorgan beneficios fiscales a quienes tributen en el Régimen de
Incorporación Fiscal (RIF).
Este decreto contempla lo siguiente:
- El pago del IVA y del IEPS será en relación con el nivel de ingresos por la venta de bienes o la prestación de servicios de cada sector de actividad.
- Descuento del
100% del IVA o del IEPS en el primer año de tributación a los
contribuyentes que realicen operaciones realizadas con el público en
general.
- Descuento del 100% de IVA y del IEPS a pagar durante los años que tributen en el RIF los contribuyentes con ingresos anuales de hasta cien mil pesos, siempre que sus ingresos anuales no excedan dicho monto.
Para consultar el contenido completo de este decreto, click aqui.
Portal de información relacionada con el RIF, click aqui.
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