Contabilidad Electrónica. Nuevos plazos para aplicación y entrega.


El día de hoy, se realizó en la Ciudad de México, una conferencia de prensa en la que autoridades del SAT, representes de la contaduría pública y sectores empresariales, dieron a conocer nuevas disposiciones relativas a la presentación y cumplimiento en materia de contabilidad electrónica. Estas nuevas disposiciones están plasmadas en la séptima resolución de modificaciones a la resolución miscelanea fiscal para 2014 y sus anexos 3 y 24, que entre otras reglas señala los supuestos de aplicación de esta obligación.





Supuesto
A partir de

1 de enero de 2015

1 de enero de 2016
Primer día del mes siguiente a aquel en que se inscribieron al RFC
Envío mensual de catálogo de cuentas y balanzas de comprobación.

 (Reglas  I.2.8.1.6., fracc. I y II y I.2.8.1.7)


  • Instituciones del sistema financiero.
  • Contribuyentes cuyos ingresos acumulables declarados o que se debieron declarar correspondientes al ejercicio 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos
  • Contribuyentes cuyos ingresos acumulables de 2013 sean inferiores a 4 millones de pesos.
  • Contribuyentes del sector primario
  • Personas morales del Título III de la LISR
  • Contribuyentes que se inscriban al RFC durante el ejercicio 2014 ó 2015
Los contribuyentes que se inscriban a partir del 1 de enero de 2016.

Pólizas y auxiliares. Se enviarán a requerimiento de autoridad ya sea en el ejercicio de facultades de comprobación o como parte de los trámites de devolución y compensación de saldos a favor
(Reglas I.2.8.1.6., fracc. III y I.2.8.1.8)
  • Personas morales cuyos ingresos de 2013 sean iguales o superiores a 4 millones de pesos.
  • Instituciones del sistema financiero

  • Personas morales cuyos ingresos acumulables de 2013 sean inferiores a 4 millones de pesos
  • Personas físicas
  • Contribuyentes del sector primario
  • Personas morales del Título III de la LISR
  • Contribuyentes que se inscriban al RFC durante 2014 ó 2015

 Fuente: IDC Online.com



Solo bastaría esperar la publicación de este anteproyecto en la Diario Oficial de la Federación para oficializar su aplicación.



Si desea consultar el texto completo de esta resolución de click aquí.

Para conocer el contenido de la conferencia de prensa de click aquí.




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