La
Secretaría de Hacienda y Crédito Público, a través del Servicio de
Administración Tributaria (SAT), informó que las personas físicas con actividad
empresarial cuyas ventas sean al público general y sus ingresos no rebasen los
100 mil pesos en el año, no pagarán el impuesto al valor agregado (IVA) ni el
impuesto especial sobre producción y servicios (IEPS) a partir de enero de
2015.
Con el
propósito de apoyar el desarrollo de los contribuyentes con mínima capacidad
administrativa y evitar que operen en la informalidad, el Ejecutivo Federal
otorgó a quienes tienen ingresos anuales de hasta 100 mil pesos un descuento
del 100% del IVA y del IEPS a pagar durante los años en que tributen en el
Régimen de Incorporación Fiscal.
El
nuevo régimen ofrece un esquema de cálculo simplificado del IVA y del IEPS con
base en dos datos: el monto de los ingresos bimestrales y el sector al que
pertenece el contribuyente. Con ello, el SAT calculará el monto de los impuestos
y posteriormente aplicará el descuento del 100 por ciento.
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Fuente: IMCP / SAT
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